Absueltos los acusados de desórdenes en una manifestación de apoyo a los detenidos de Pandora

Extraído del periódico Diagonal

El Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha absuelto a tres personas acusadas de desórdenes públicos durante la manifestación que tuvo lugar en diciembre de 2014, en la plaza Tirso de Molina de Madrid, en protesta por las detenciones de la operación Pandora.

El Ministerio Fiscal pedía para cada uno de ellos un año y tres meses de prisión, además del pago de las costas procesales. La sentencia da por probado que los dos acusados arrojaron una valla amarilla a la calzada y que uno de ellos tiró también cubos de basura, pero sin que los cortes de tráfico pusieran en peligro la circulación.

El magistrado rechaza que los acusados cometieran un delito de desórdenes públicos ya que sus actos no supusieron lesiones a ninguna persona, ni daños sobre ninguna propiedad ni llevaron a una situación de peligro.

La manifestación en la que los acusados, ahora absueltos, fueron detenidos tuvo lugar el 14 de diciembre, horas después de que tuviera lugar la primera parte de la operación Pandora, por la que trece personas relacionadas con movimientos libertarios fueron detenidas en Barcelona y una en Madrid. La manifestación acabó con cargas de la policía y con al menos cinco personas identificadas.

manifestacion pandora

Desde Red Jurídica mostramos nuestra satisfacción con la sentencia, que nos fue notificada ayer. La misma argumenta de forma clara y contundente que únicamente se podrá considerar constitutivo de un delito de desórdenes públicos (que exige que se altere la paz pública, es decir, el conjunto de condiciones externas que permite en normal desarrollo de la convivencia ciudadana y el orden de la comunidad) una obstaculización de las vías públicas de manera peligrosa para los que por ellas circulen (tal y como lo establece la STS 1321/1999). Es decir, una alteración del simple orden de la calle o una obstaculización de las vías ha de ser peligrosa o ha de impedir el ejercicio de los derechos fundamentales (como exige la STS 1622/2000) de las personas que allí se encuentren.

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