Hace 10 años, 26 personas que habían sido detenidas en una multitudinaria manifestación que tuvo lugar el 25 de septiembre de 2012 frente al Congreso de los Diputados (la llamada acción de «Rodea el Congreso«), interpusieron ante los Juzgados de Instrucción de Madrid una denuncia, en la que relataban haber sufrido malos tratos.
Los malos tratos que denunciaron las personas detenidas se referían a tres situaciones distintas: (1) en primer lugar, la mayoría de denunciantes relataron un uso excesivo y desproporcionado, y en ocasiones totalmente injustificado, de la fuerza por parte de los funcionarios de policía en el momento de su detención y en instantes posteriores; (2) en segundo lugar, denunciaron haber sufrido malos tratos en los traslados al, por ejemplo, ser llevados en las furgonetas de Policía esposados unos a otros, sin llevar puestos los cinturones de seguridad, y con constantes y bruscos volantazos, frenazos y burlas, que provocaron que fueran chocando los unos con los otros, así como con los laterales del vehículo; y, por último, (3) las personas detenidas denunciaron haber sido sometidas a una situación de castigo físico, burlas y amenazas en la Comisaría de Moratalaz, en la que fueron forzados a estar durante varias horas de pie, mirando a la pared, pero sin poder tocarla o apoyarse, con la cabeza agachada mirando al suelo y en silencio. Esta situación se alargó durante varias horas, desatendiendo las peticiones de asistencia sanitaria o de poder beber agua, hasta que una de las personas detenidas se desmayó, momento en el que sí se permitió que fuera atendido. Todo ello mientras la mayoría de los agentes de Policía se encontraban embozados, con bragas o pasamontañas, ocultando su rostro y realizaban burlas y ridiculizaban a las personas detenidas, así como las amenazaban de muerte en alguna ocasión. Cuando finalmente fueron trasladadas a las celdas, las personas detenidas denunciaron que apenas se les dio comida, no se les permitía ir al baño y que alguno de los agentes procedían a encenderles la luz de la celda cuando era de noche y a apagarla de día, además de provocar constantes cambios de temperatura en las celdas, encendiendo y apagando la calefacción sin sentido.
Desde que se interpuso la denuncia, el Juzgado de Instrucción que investigaba los hechos no realizó ni una sola diligencia de instrucción: no hizo ofrecimiento de acciones a los denunciantes, ni les tomó declaración como perjudicados, ni tomó declaración a los funcionarios de policía. Tampoco hizo nada por averiguar qué agentes custodiaron los calabozos de Moratalaz aquél día, ni solicitó las grabaciones de las cámaras de videovigilancia, ni ninguna otra diligencia encaminada a esclarecer los hechos.
En el mes de febrero de este año, el Juzgado de Instrucción dictó un auto por el que se acordaba el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones con respecto a la denuncia interpuesta por las 26 personas detenidas, en base a que «no resultan datos o hechos objetivos ni base documental de la que pudieran extraerse indicios suficientes de la conducta delictiva que se imputa, que a mayor abundamiento estos hechos no se imputan a personas concretas, no procediendo acordar las diligencias interesadas por dichos denunciantes en sus denuncias, habida cuenta de lo anteriormente expuesto, no siendo admisible en nuestro derecho una investigación prospectiva que es lo que pretende el denunciante«. Recurrimos esta resolución ante la Audiencia Provincial de Madrid, que no hizo más que confirmarla.
Queremos contaros que el 3 de octubre presentamos un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. ¿Recordáis lo que pasó el #25S de 2012? https://t.co/5Z65M23Zzj #Hilo pic.twitter.com/STLa2SwtZU
— Comisión Legal Sol (@LegalSol) October 10, 2022
Ante la inactividad del Juzgado a la hora de investigar la denuncia, nuestros compañeros Daniel Amelang y Eric Sanz de Bremond, miembros de la Comisión de Legal Sol, han recurrido ante el Tribunal Constitucional esta decisión, por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 de la Constitución y 6 del CEDH).
La Justicia cierra la investigación sobre maltrato policial a los detenidos de 'Rodea el Congreso' #25S una década después sin practicar ninguna diligencia y sin acusar a nadie.https://t.co/jS1kPCVHyE
— Red Jurídica Abogados/as (@laredjuridica) October 11, 2022
En un artículo titulado «La Justicia cierra la investigación sobre maltrato policial a los detenidos de ‘Rodea el Congreso’ una década después sin acusar a nadie«, publicado hoy en eldiario.es, el periodista Alberto Pozas se hace eco de esta noticia:
«La Justicia ha rechazado seguir investigando los supuestos abusos policiales que, según denuncian los afectados, padecieron más de 20 detenidos tras los disturbios del 25 de septiembre de 2012 en la manifestación bautizada como ‘Rodea el Congreso‘. Los abogados de la Comisión Legal Sol, que han representado a los denunciantes y a su vez acusados en causas sobre los altercados, han anunciado que llevarán el caso hasta el Tribunal Constitucional. Son los mismos letrados que el año pasado consiguieron que la Justicia europea condenara a España por determinadas actuaciones policiales ese mismo día en el centro de Madrid. […]
Los letrados Eric Sanz de Bremond y Daniel Amelang, de la Comisión Legal Sol, han decidido llevar el caso hasta el Tribunal Constitucional en nombre de cuatro denunciantes. Estos recursos de amparo denuncian una inacción por parte del juzgado durante más de una década para, finalmente, llegar al archivo definitivo del caso por falta de pruebas. Entienden, en primer lugar, que es un buen momento para que el tribunal de garantías “inicie un proceso de reflexión interna, que le conduzca a reorientar su doctrina respecto de aquellos supuestos en los que se denuncien ataques a la integridad física de ciudadanos por parte de agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.
Denuncian que la instrucción del juzgado “no es que fuera ineficaz; es que no ha existido” y que los autos que certificaron el archivo de la causa no fueron compatibles con el derecho fundamental a la integridad física de los denunciantes. “No se ha llevado a cabo ni una sola diligencia de instrucción. Ni una. La denuncia se interpuso en el mes de diciembre de 2012 y, desde entonces, jamás se le ha hecho ofrecimiento de actuaciones a los denunciantes, ni se les ha tomado declaración en calidad de perjudicados, ni se ha tomado declaración a persona alguna en calidad de investigada”, reprochan los letrados.
Explican los recursos de amparo que si la razón del archivo es la prescripción de los hechos el debate sería distinto, pero que tanto el juzgado como la Audiencia reprochan cosas a los denunciantes que, según su criterio, no son ciertas. Por ejemplo que expliquen que los denunciantes nunca han identificado a ningún agente contra el que dirigir la acción penal. Uno de ellos, recuerdan ahora desde la Comisión Legal Sol, “atribuye una detallada agresión provocada por los agentes de policía que le detuvieron. Incluso llega a concretar cuáles fueron estos agentes que le golpearon” y aportó, añaden, sus números de placa. Y nunca se les tomó declaración«.
Esperemos que el amparo prospere, aunque de no hacerlo tendremos que volver a acudir al TEDH. Porque solo la lucha hace Justicia. #15M #25s #LegalSol pic.twitter.com/eYt2gp9yx9
— Comisión Legal Sol (@LegalSol) October 10, 2022