El CGPJ levanta las limitaciones a la presentación de escritos por medios telemáticos durante lo que resta de estado de alarma

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia han acordado, en fecha 13 de abril de 2020, levantar a partir del próximo miércoles 15 de abril las limitaciones establecidas el pasado 18 de marzo a la presentación de escritos por medios telemáticos a través de LexNET (o de los sistemas equivalentes habilitados en Aragón, Cantabria, Cataluña, Navarra y el País Vasco) para abogadas y procuradoras.

Se autoriza, por tanto, a fijar las bases del restablecimiento pleno de la función jurisdiccional, evitando de ese modo su paralización y un mayor colapso.

De este modo, en las actuaciones y servicios no esenciales cabrá la presentación de los escritos iniciadores del procedimiento, su registro y reparto, así como su tramitación conforme a las normas procesales aplicables hasta el momento en que dé lugar a una actuación procesal que abra un plazo. Una vez que haya plazo, el mismo deberá ser suspendido por virtud de la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma.

El acuerdo añade que “lo mismo sucederá respecto de los escritos de trámite, no vinculados a términos o plazos interrumpidos o suspendidos, y hasta que den lugar a actuaciones procesales que abran plazos procesales que deban quedar suspendidos” por virtud de la referida disposición adicional. Esta regla será de aplicación tanto a las actuaciones de primera instancia como a las actuaciones de instancias sucesivas y del recurso de casación. También será aplicable a las actuaciones del Registro Civil no consideradas esenciales.

Respecto de las actuaciones declaradas esenciales, se mantiene la presentación telemática de escritos y documentos, su registro, reparto y despacho de manera ordinaria, sin que estos trámites se vean afectados por la suspensión e interrupción de términos y plazos procesales.

Puedes descargar el acuerdo del CGPJ aquí: Resolucion servicio público RD478.pdf

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  1. Hola me gustaría saber si habrán cambios en la contabilización de las operaciones mercantiles en este primer trimestre de 2020 para empresas que operen en la Union Europea y si habrán moratorias de pago debido al COVID-19. ¡Gracias!

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