El 1 de septiembre de 2020 entró en vigor el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
Esta reciente legislación contempla la posibilidad de acogerse al concurso exprés, también denominado “concurso con conclusión por insuficiencia de la masa activa simultánea a la declaración del concurso”.
Índice
1 ¿Qué es el concurso de acreedores exprés?
Este mecanismo se utiliza para facilitar la liquidación de las sociedades que se encuentran en situación de insolvencia y no tienen suficientes bienes para hacer frente al pago de las deudas que se generen por la declaración del concurso ni tampoco tienen posibilidad de recuperación a corto o largo plazo.
Este tipo de concurso se declara y se concluye en el mismo acto. Es decir, no se llega a nombrar Administración Concursal ya que en el mismo auto de declaración del concurso se archiva el concurso por insuficiencia de bienes.
2 ¿Qué requisitos deben cumplirse para acogerse al concurso de acreedores exprés?
Los requisitos para acogerse a este mecanismo concursal vienen establecidos en el artículo 470 y siguientes de la Ley Concursal y son los siguientes:
- Que la sociedad no tenga actividad.
- Que la sociedad no tenga activos suficientes para poder continuar con la actividad que estaba desarrollando.
- Que no sea previsible el ejercicio de acciones de reintegración o de responsabilidad de terceros.
- Que no sea previsible la calificación del concurso como culpable. Es decir, se requiere que en la administración de la sociedad se presuma que no ha existido dolo o culpa grave.
3 ¿Qué efectos tiene?
Este tipo de concursos se diferencia de la modalidad ordinaria en los siguientes puntos:
- No se nombra Administración Concursal.
- No existe fase de calificación del concurso por lo que no se aprecia responsabilidad de la deudora por la situación de insolvencia de la sociedad.
- El Juzgado dicta conclusión del concurso y en el mismo Auto se acuerda la extinción de la sociedad y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que correspondan.
- Se anuncia la declaración del concurso en el BOE, en el Registro Público Concursal y se inscribe la conclusión del concurso en el Registro Mercantil Correspondiente.
4 ¿Cuáles son sus beneficios?
Este tipo de concursos suponen una vía rápida y de coste reducido para cerrar una empresa sin actividad, que se encuentre en situación de insolvencia y que no tenga suficientes bienes para hacer frente a las deudas que haya asumido.
Si necesitas asesoramiento o te quedan dudas sobre estas cuestiones, o cualquier otra, puedes ponerte en contacto con nosotras para que te asesoremos llamando al 91 593 43 47 o escribiendo al correo: info@red-juridica.com