Hipotecas multidivisa: Pida la vez en su Juzgado más cercano

Compartimos este interesante artículo de nuestro compañero Ignacio Delgado Larena-Avellaneda.

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A la larguísima lista de productos bancarios que como consecuencia de su indebida comercialización por parte de los bancos han sido llevados ante los tribunales españoles con el fin de ver si eran nulos, como las preferentes, las acciones de Bankia, los swaps y otros, se unen en los últimos dos años las hipotecas multidivisa.

Este tipo de hipotecas, comercializadas en España entre 2006 y 2008 esencialmente, se caracterizan porque la cuota que se paga mes a mes se recalcula sobre la referencia de una divisa extranjera, a elegir por el hipotecado: las más populares fueron el yen japonés y el franco suizo. A la misma vez, el tipo de al que estas hipoteca se encuentran referenciadas es el LIBOR, cuyas subidas y bajadas no guardan relación alguno con nuestro más y mejor conocido EURIBOR.

Estas características, unidas a otros rasgos, hacen este producto en muchas ocasiones “no apto” para todos los públicos –por no decir, para muy pocos-, dada la complejidad que entraña comprender las consecuencias de sus rasgos principales, como la volatilidad de la divisa en la que se encuentra, sus posibles escenarios adversos y consecuencias. Por ejemplo, nos encontramos con muchos afectados que tras pagar ochos o nueve años de hipoteca, a día de hoy deben tanto o más que la primigenia cantidad que pidieron al banco.

Así pues, la pregunta es sencilla: ¿Un ciudadano de a pie hubiera contratado esta clase de hipotecas si alguien le hubiera advertido de que esto le podría ocurrir? Que yo conozca, ninguno. Según el banco de España, hay más de 60.000 familias atrapadas en las multidivisa… Para el que lo siga dudando a estas alturas, la otra cuestión que agrava esta terrible situación es peor si cabe: la garantía para el caso de impago de las cuotas es la vivienda habitual, por lo que desgraciadamente ha habido numerosas familias que se han quedado sin casa por culpa de estas hipotecas.

Hueco para la esperanza.

Sí que existe. Por mucho que las entidades bancarias lo nieguen -no solo en juicios como estrategia procesal, sino en foros y a través de otras redes de influencia-, estamos ante un producto derivado financiero. Así lo establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2.015 (el único pronunciamiento del TS sobre las HMD hasta hoy), donde además nos confirma que las hipotecas multidivisa son un producto sumamente complejo, no apto en principio para ser vendido a cualquier cliente sin conocimientos profundos en el ámbito financiero, y los deberes de información que su comercialización lleva aparejado. Los productos financieros complejos exigen a la entidad bancaria que explique pormenorizadamente y por escrito a la persona potencialmente interesada de los riesgos que este puede asumir. Sin dicha explicación concreta, accesible y comprensible, el consentimiento del cliente puede quedar viciado al no saber realmente el producto que está contratando ni todos los riesgos que entraña.

A la vista de las circunstancias ¿Cuál es la línea seguida en nuestros tribunales? Casi todas las sentencias de juzgados de primera instancia y Audiencias Provinciales están siguiendo los criterios del Supremo, por lo que se está reconociendo lo anteriormente explicado. Además, según el caso enjuiciado, podemos encontrar a mayores una serie de cláusulas abusivas que dejan más patente si cabe, que el manejo de esta clase de productos financieros es harto complicado.

Para compensar la inexistencia de información por parte de los bancos, sí queremos enfatizar el mérito de asociaciones sin ánimo de lucro, como ASUFIN, que se vuelcan día a día con todos sus esfuerzos por dar esa información a los afectados, redireccionándolos y aconsejándoles, caso a caso, de las opciones a su alcance.

Por todo lo dicho, los procedimientos judiciales de hipotecas multidivisa han de ser tratados caso por caso con la delicadeza que su complejidad requiere, y siguiendo la estela jurisprudencial que nuestros juzgados y tribunales nos marquen día a día, pero con bastante mejor perspectiva de la que disponíamos antes de junio de 2015.

 

Ignacio Delgado Larena-Avellaneda.

Abogado.

Red Jurídica es una cooperativa de abogados y abogadas que ejerce el Derecho desde una perspectiva crítica. Ofrecemos servicios en Derecho Penal, Civil, Familia, Laboral, etc

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