Modelos de escritos de solicitud de letrada/o en un internamiento psiquiátrico forzoso

Hemos decidido empezar el año 2017 colaborando con la web-archivo de textos sobre salud mental Primera Vocal aportando un sencillísimo modelo de escrito para solicitar asistencia jurídica en caso de un internamiento forzoso. Y es que, como ya explicamos hace unos meses en el artículo «El Tribunal Constitucional detecta irregularidades en los internamientos psiquiátricos forzosos», cualquier persona sometida a un proceso de esta naturaleza tiene derecho a contar con asistencia letrada.

Sin embargo, por distintas razones, éste no es siempre el caso. Ya sea porque una persona no siempre entiende correctamente sus derechos cuando se los leen (a veces la formulación «tiene derecho a designar abogado o a que se le designe uno de oficio», mezclada entre una amalgama de frases jurídicas puede resultar confuso), o porque piense que designar un/a letrada/o va a ser peor, o porque directamente algún funcionario omita informarle debidamente de sus derechos, en ocasiones una diagnosticada de salud mental puede no solicitar a tiempo que se le designe un/a abogada/o.

Y es que el artículo 763.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil viene a decir que si un profesional de la salud mental detecta un trastorno psíquico severo y considera que una persona debe ser internada, debe proceder a ello y comunicarlo al Juzgado de Primera Instancia en un plazo no superior a 24 horas, a los efectos de que éste ratifique (o no) la medida a la mayor brevedad posible. Durante todo el procedimiento la persona afectada por este decisión deberá ser escuchada por el Juez para defenderse y podrá contar con asistencia letrada si así lo desea.

A diferencia de las personas que son detenidas y llevadas a comisaría como investigadas por la la posible comisión de un delito, las que son retenidas en un dispositivo psiquiátrico «pueden» gozar de asistencia letrada. En materia de salud mental, la presencia de una abogada no es un requisito obligatorio (como lo es en materia penal), sino una disposición voluntaria. Recomendamos que cualquier persona que sea ingresada contra su voluntad manifieste su voluntad de ser designado un/a abogada/o que pueda defender sus derechos e intereses. Y, en caso de que no se recoja este deseo suyo y se haga llegar al juzgado, recomendamos que presente alguno de los escritos a los que enlazamos en esta entrada.

De acuerdo con la web Primera Vocal:

Como en otras tantas ocasiones, el campo de la salud mental es una enorme ciénaga donde se producen un sinfín de excepciones que sitúan a sus pacientes fuera de los límites de la sociedad, y en este sentido, lo jurídico no es sino una más de la enorme lista que nos aplasta. Hay que exigir al menos el mismo trato que recibe un detenido por la vía penal, es decir, que toda persona que ingrese en una planta de psiquiatría debe tener “representación y defensa”. En la actualidad, este derecho es de naturaleza dispositiva, pues la Ley de Enjuiciamiento Civil afirma (763.3) que: “en todas las actuaciones, la persona afectada por la medida de internamiento podrá disponer de representación y defensa”. Esto, a efectos prácticos supone que el hospital en cuestión puede decir que la persona ingresada ha sido informada de dicho derecho (cuando esto no ha sucedido) y no ha hecho uso de él. O también puede suceder que realmente se informe (lo cual sucede en pocas ocasiones), pero de una manera y en un momento en el que la persona no lo ejerce.

Por tanto, y mientras se trata de conseguir que un diagnóstico de salud mental no le convierta a uno de manera automática en un ciudadano de segunda categoría (y por tanto susceptible de ser tratado como basura), unos compañeros letrados, a quienes mandamos un enorme abrazo, han compartido con nosotros dos escritos que pueden servir para tratar en la medida de lo posible de revertir la vulnerabilidad legal que caracteriza a un ingreso forzoso.

Ambos deben ser firmados por la persona ingresada, rellenados con sus datos (nombre, DNI, dirección, hospital, etc.) y presentados en el registro de los Juzgados de Primera Instancia de la ciudad que corresponda. Hay que llevar dos copias para ser selladas: una para el juzgado y otra para la persona que lo presenta.

El primer escrito puede ser presentado en el momento del internamiento para solicitar un abogado de oficio. En el caso de que no se facilitara, sería indudable que se ha vulnerado un derecho fundamental.

El segundo escrito también tiene como objetivo solicitar un abogado de oficio que defienda los intereses de la persona afectada durante procedimiento, pero cuando el ingreso involuntario ya se ha materializado (es decir, cuando la persona cuyos derechos quieren ser defendidos se encuentra internada), permitiendo además a dicho letrado intentar pedir una nulidad de actuaciones o al menos recurrir el Auto alegando vulneración de derechos fundamentales.

En resumen, tenemos derecho a disponer de asistencia legal cuando sufrimos un ingreso forzoso, y por tanto debemos dejar claro cuando sea pertinente que: 1º) Nadie ha preguntado jamás si deseábamos disfrutar el derecho a la asistencia letrada; 2º) Que a partir de ese momento queremos un abogado, y que por tanto los plazos de todo el procedimiento en marcha se deben suspender hasta que nos designen uno.

Aunque sea obvio, queremos dejar claro que la justicia no se caracteriza siempre por su buen funcionamiento e imparcialidad, por lo que es posible que estos escritos no siempre proporcionen los resultados esperados. En cualquier caso, tenerlos a mano, rellenarlos y presentarlos en el juzgado es algo accesible y animamos a amigos y familiares a colaborar en ello.

Garantizar a medio plazo la posibilidad de contar con asistencia legal durante los ingresos evitaría numerosas agresiones y situaciones traumáticas. Luchar es la única manera que conocemos de conquistar derechos. Defiende los tuyos. La Historia ha demostrado que es contagioso.

Más información en la web Primera Vocal y en la cuenta de Twitter del colectivo Locomún

Red Jurídica es una cooperativa de abogados y abogadas que ejerce el Derecho desde una perspectiva crítica. Ofrecemos servicios en Derecho Penal, Civil, Familia, Laboral, etc

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