Mañana vendrá el juez

El internamiento forzoso y urgente por razones psiquiátricas es una excepción jurídica que debería aplicarse con la máxima cautela y con garantías escrupulosas. Sin embargo, en la práctica, esta medida se ha convertido en ocasiones en una herramienta de control social disfrazada de protección sanitaria, donde los derechos de las personas diagnosticadas se desvanecen con la misma facilidad con la que se firma un informe médico.

La Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 763) contempla el internamiento urgente sin autorización judicial previa cuando existe riesgo grave para la salud de la persona o de terceros, con la obligación de notificar al juzgado en un plazo de 24 horas. En teoría, esta medida incluye el derecho a ser escuchado por un juez y la asistencia letrada. En la práctica, la vista se celebra en ausencia, el juez/a autoriza sin ver al paciente y el abogado, cuando existe, llega tarde y sin información.

Las consecuencias son devastadoras. La persona, normalmente en un momento de extrema vulnerabilidad, se encuentra de pronto sometida a un régimen de encierro, sedación y aislamiento, sin haber cometido delito alguno. La judicialización de la salud mental convierte a los pacientes en sujetos pasivos de un proceso técnico y despersonalizado, donde los informes clínicos pesan más que la palabra propia.

Este déficit democrático se agrava por la falta de defensa letrada efectiva. Aunque la ley reconoce el derecho a un abogado, en la práctica este se asigna tarde, no tiene tiempo ni acceso suficiente al historial ni a la persona, y muchas veces desconoce incluso los criterios médicos alegados. El resultado: resoluciones judiciales que ratifican ingresos sin contradicción procesal, sin garantías, sin escucha. El ingreso involuntario se convierte, así, en una detención administrativa encubierta.

Sobre estos procesos ha escrito nuestra compañera Mayca García Luque un artículo en El Salto titulado «Mañana vendrá el juez«

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