202303.27
0
2

Que se pudran en la cárcel. Un ejemplo sobre el populismo punitivo y los peligros que conlleva

Por María Molina Pizarro, estudiante del Máster de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid

En los últimos días se han viralizado varios vídeos del traslado de presos salvadoreños al nuevo Centro de Confinamiento del Terrorismo, el proyecto estrella del presidente Bukele para luchar contra las maras. De hecho, ha sido el mandatario quien en un primer momento ha compartido en la plataforma Twitter las impactantes imágenes. En ellas se ve a centenares de presos descalzos que, cubiertos tan sólo con la ropa interior, corren en un estricto orden sin levantar siquiera la cabeza del suelo. Poco después se han filtrado las condiciones del nuevo centro, donde los reclusos duermen hacinados en “camas” metálicas sin colchón ni almohada.

Las redes sociales se han llenado de apoyo a dicha acción y de usuarios que piden que en España se aplique también “mano dura” contra los delincuentes. Del mismo modo, en otras partes del mundo los mensajes de admiración a la política criminal de Bukele han sido constantes no siendo la ciudadanía española la única que cree más conveniente un sistema más duro con el delincuente, desposeyéndole de cualquier derecho o garantía. También hay que apuntar que este discurso revierte poco de novedoso y es costumbre que cada poco tiempo, de manera cíclica, nos encontremos gente indignada que vierte duras críticas contra fotografías de no sé cuál cárcel con piscina o de una celda con cama y escritorio propio. Ante estos mensajes, como penalistas no cabe sino preguntarnos ¿qué se esconde detrás de estas reivindicaciones?

Para dar respuesta a esta pregunta, hay que examinar en un primer momento cuál es la finalidad de los centros penitenciarios, y cuál es la función última de las medidas que restringen la libertad, lo que desde la dogmática se conoce como “teorías de la pena” algo que puede traducirse en “¿de qué sirve la cárcel?”.

En este sentido -y de manera muy sucinta- en un primer momento estaban las teorías absolutas de la pena, que consideran la pena un fin en sí misma, entre las que destaca el retribucionismo. Aquello de que cometer una acción “mala” ha de tener aparejado una mala consecuencia y la cárcel es una suerte de compensación a las víctimas. Más adelante se desarrollarían las llamadas teorías relativas de la pena, que consideran que esta tiene que tener una función de cara a prevenir el delito. Encontramos la prevención general, que se hace a toda persona sujeta a la Ley. Por un lado se disuade a la gente de cometer delitos con la amenaza de la pena y, por otro, se incentiva la confianza en el sistema penal. Así mismo, la prevención especial es la que se centra en el delincuente, en su vertiente negativa impidiéndole delinquir mientras está en prisión y en la positiva, que busca que se le reeduque a fin de volver a la sociedad rehabilitado.

Teniendo esto en cuenta y examinando las diferentes experiencias a nivel comparado, encontramos que si lo que se busca es hacer disminuir la delincuencia las penas más altas y las peores condiciones de los presos no dan en absoluto resultado. Los países con penas más duras no son los que tienen menores índices de delincuencia, sino al contrario. Desde la criminología se pone de manifiesto que la comisión de delitos depende de diversas circunstancias estructurales en las que merecería más la pena centrarse. Así, la función de prevención general de la pena no parece cumplirse, sí la función rehabilitadora que, por cierto, en el ordenamiento español está constitucionalmente prevista en el artículo 25.2:

Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social…”

Volviendo al caso, si lo que busca la gente -tal como parece haberse manifestado en redes- es que los delincuentes «se lo piensen dos veces» ante la amenaza de duras penas, cualquier medida es ineficaz. Entonces, ¿por qué se muestra tan orgulloso el presidente Bukele? ¿Por qué tantos políticos de uno y otro signo -también en España- presentan como medida estrella el endurecer las penas de tal o cuál delito?

La respuesta es sencilla, subir las penas o empeorar las condiciones no son políticas eficaces para frenar la delincuencia, pero son absolutamente idóneas para calmar la “sed de venganza” no sólo de las víctimas, sino de la población en general. Así, el contento que parece contagiarse entre la ciudadanía cuando se da respuesta a sus reclamaciones vindicativas hace que para el legislador sean medidas muy agradecidas y acordarlas es siempre un win-win para los mandatarios.

A este fenómeno, el de usar de forma electoralista el Derecho penal, se refirió por primera vez Anthony Bottoms con un término que parece estar muy de moda hoy: populismo punitivo. El concepto empezó a explicarse como una agravación sistemática de las normas penales que sólo atendían a las demandas punitivas de la opinión pública en búsqueda de votos. Hoy sabemos que el panorama es más complejo y los medios de comunicación juegan un papel central a la hora de alimentar estas demandas.

Para comprender mejor este suceso observamos las siguientes características que se pueden atribuir al fenómeno del populismo punitivo, según cómo los diferentes autores que exploran el suceso han venido apreciando y que se manifiestan no solo en la legislación, sino también en el clima político-social y en la cultura en general:

1. La unanimidad. Si antes esta “mano dura” se fraguaba en el seno de los partidos conservadores y era consecuente con sus posicionamientos ideológicos, poco a poco todos los partidos tienden a “cumplir con el clamor popular” y a las peticiones de las víctimas. Así, el paso del mero retribucionismo al populismo punitivo se consolida cuando este fenómeno trasciende la ideología y contamina al conjunto de la sociedad.

2. La sensación de necesidad de protección, es decir, el traslado de sentimientos de preocupación a la ciudadanía. Aquí hay que destacar que en países como España esta alarma no tiene, además, ninguna base fáctica sobre la que apoyarse. Como ya se ha sugerido, los medios de comunicación juegan en esta cuestión un papel crucial.

3. Una mirada emotiva y simplificadora. Esto no es otra cosa que el enaltecimiento del puro retribucionismo, alimentándose la “sed de venganza” de las víctimas y de la sociedad que se identifica con ellas.

4. El Derecho Penal como solución a todo. Habida cuenta de la gravedad de la situación, otras instancias de resolución de conflictos se dan por ineficaces y se propone que el Derecho Penal, como arma más fuerte del Estado, ha de solucionar cualquier problema, por complejo que sea. Con esto se magnifica que los partidos políticos busquen en la Política Criminal una arena de juego en la que implementar medidas que impresionen al posible votante.

5. Concepción del delincuente como un otro malvado, malo por naturaleza, al que no se le puede considerar como fruto de su contexto social, sino que estaría abocado al delito. Así, una Política Criminal más dura parece volverse la única herramienta para frenar a estas horribles personas y de defender los intereses de las víctimas.

Como vemos, todas estas características parecen cumplirse en el caso que analizamos y, de hecho, lo ocurrido en El Salvador se vuelve un ejemplo perfecto de los peligros que entraña caer en las dinámicas del populismo punitivo. Por un lado, nos encontramos ante la implementación de unas duras medidas que, al menos a largo plazo, no parecen tener eficacia a la hora de frenar la delincuencia. Si bien es cierto que se está proclamando el fin de las maras, las condiciones estructurales que permitieron que estas surgiesen y se convirtiesen en organizaciones criminales casi con más poder que el Estado siguen estando ahí. Dando por buenos los planteamientos de que lo que hay que hacer es endurecer las condiciones de los presos, se deja de lado cualquier reivindicación acerca de las condiciones del país.

Por otro lado, el caer en las garras de los planteamientos punitivos acaba justificando conductas como las del vídeo del traslado, rayanas en los tratos degradantes e inhumanos que no conciernen solo a los presos, sino a toda la ciudadanía. El Estado pasa a justificar bajo la falsa idea de que esto acarreará más seguridad, cualquier intromisión o pérdida de garantías. Así, organizaciones de derechos humanos vienen denunciando en El Salvador detenciones masivas y arbitrarias, procesos judiciales sin garantías e, incluso, torturas o desapariciones.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *