La regulación actual de arrendamientos (Real Decreto – Ley 7/2019) y la necesidad de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda

El pasado miércoles 6 de marzo de 2019 el Gobierno aprobó el Real Decreto – Ley (RD-ley) 7/2019 referente a las nuevas condiciones contractuales de los alquileres en España.

La aprobación de este RD-Ley, se justificó en los motivos de extraordinaria y urgente necesidad que exige el artículo 86 de la Constitución Española de 1978.

¿Qué motivos de extraordinaria y urgente necesidad han precipitado la aprobación del RD-ley 7/2019?

El expositivo del RD-Ley para justificar el requisito de extraordinaria necesidad ha puesto énfasis en la dificultad actual del acceso a la vivienda en régimen de alquiler, en la posición de debilidad de las inquilinas con respecto a la estabilidad y seguridad de la vivienda y en la necesidad de establecer los necesarios «estímulos económicos y fiscales» para garantizar el ejercicio del derecho constitucional a la vivienda.

Es más, para contextualizar la necesidad de la medida, el RD- Ley recuerda el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada que figura en el artículo 47 de la Constitución española o la posición de la vivienda como derecho fundamental en base al artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

Los motivos en los que asienta la extraordinaria y urgente necesidad para aprobar esta disposición legislativa provisional son los siguientes:

  • La grave situación de vulnerabilidad económica y social de un gran número de familias y hogares para afrontar los pagos de la vivienda en el mercado.
  • El incremento acentuado de la demanda de vivienda en alquiler .
  • El escaso parque de vivienda social, que en España ofrece cobertura a menos del 2,5% de los hogares.
  • Situaciones de especial vulnerabilidad que viven algunas familias después de años de una profunda crisis económica que ha supuesto destrucción y precarización del empleo.
  • Deficiencias en materia de accesibilidad que sufren diariamente las personas con discapacidad y movilidad reducida.

¿Qué modificaciones sustanciales incluye esta normativa con respecto a la anterior Ley 29/1994 de 24 de noviembre de arrendamientos urbanos?

¿Hay modificaciones importantes en los procedimientos de desahucio de vivienda?

En la normativa provisional que rige los contratos de vivienda se establecen varios puntos referentes a los lanzamientos:

  • El órgano judicial que conoce del procedimiento de desahucio deberá fijar el día y la hora exactas para que se proceda el lanzamiento
  • Se deberá cumplir con el trámite de comunicación a los servicios sociales cuando los arrendatarios se encuentren en situación de vulnerabilidad, debiendo suspenderse el procedimiento hasta que se adopten las medidas que los servicios sociales estimen oportuna.

¿Este RD- Ley es definitivo o es posible que se derogue como ocurrió con el Real Decreto- Ley 21/2018, de 14 de diciembre de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler?

El RD-Ley que está en vigor en la actualidad no es definitivo. Esta normativa provisional tiene que ser sometida a debate y votación por la totalidad del Congreso de los Diputados en el plazo de 30 días siguientes a su promulgación. Durante este plazo el Congreso tendrá que pronunciarse expresamente sobre su convalidación o derogación.

Por ende, en el caso de que éste no se apruebe en dicho plazo el mismo decaerá y volveremos a la aplicación de la normativa de arrendamientos anterior ( Ley 29/1994 de 24 de noviembre)

¿Qué normativa aplicaría al contrato de alquiler que tengo firmado y cómo debería incluir las posibles modificaciones?

Si eres inquilina o propietaria y tienes dudas sobre la normativa aplicable a tu contrato de alquiler puedes ponerte en contacto con nosotras para que te asesoremos llamando al 91 593 43 47 o escribiéndonos al correo: info@red-juridica.com

Abogada y socia de Red Jurídica. Especializada en Derecho Civil, Hipotecario y Familia. Licenciada en Derecho en la UJI con estancia internacional en la Universidad Warmia and Mazury (Olstyn). Titulada en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad de Valencia. Cursé el Máster de Estudios Interdisciplinares de la UAM, el Máster de Abogacía por la UOC y soy Doctoranda en Derecho, Gobierno y Políticas Públicas por la UAM. Formo parte de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ALA), de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental y trabajo en español, inglés y valenciano.

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