Reflexiones de juristas sobre modificar el delito de enaltecimiento del terrorismo

Hoy la periodista Irene Dorta ha publicado un artículo en El Confidencial Digital titulado «Caso Pablo Hasél. Los juristas advierten de que cambiar el delito de enaltecimiento del terrorismo dificultará investigar a yihadistas«. En él, ha recabado distintas posturas de varias juristas, a favor y en contra de modificar o suprimir el delito de enaltecimiento del terrorismo en el Código Penal.

Una de las personas a las que da voz es Fernando de la Fuente, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia. Este magistrado explica que “es un delito que surge en el año 2000 fruto del pacto de Estado, pero era un momento en el que había una extrema violencia perpetrada por ETA. En 2015 se reforma la Ley de Seguridad Ciudadana y, aprovechando un pacto de Estado, se endurece este delito. En los primeros 11 años, apenas hubo juicios por esto, pero a partir de 2011, y más en 2015, empieza a haber muchas condenas”.

En opinión de esta asociación de jueces, la tendencia debería ser que desaparezca la pena de prisión para este tipo de delitos. “Lo que Europa dice es que se regule la incitación directa o indirecta a cometer actos terroristas, pero la propia palabra en principio no”. Por eso, defienden que la condena debe quedar circunscrita a que haya existido una apelación directa a cometer violencia.

El artículo también cita a nuestro compañero Eduardo Gómez Cuadrado, que explica lo siguiente: “Estoy convencido de que las fuerzas de seguridad del Estado que se dedican a la lucha antiterrorista agradecerán también poder dejar de estar mirando el Twitter de la gente, y así liberar tiempo para labores más importantes. Sin perjuicio de que lo observado en las redes sociales pueda servir para la instrucción de la causa, pero no ser un delito en sí mismo”.

El artículo se puede leer haciendo click aquí

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