El Tribunal Constitucional aprueba el plan de agilización para tramitar y resolver los recursos de amparo

El Pleno gubernativo del Tribunal Constitucional ha aprobado un Acuerdo (fechado el 15 de marzo de 2023) con el que se pone en marcha un “plan de choque” para la agilización de la tramitación y resolución de los recursos de amparo. Este Acuerdo regula la presentación de la demanda a través de la cumplimentación de un formulario online en el que se explicará con claridad y precisión la violación de los derechos fundamentales, la especial trascendencia constitucional del recurso y los pasos llevados a cabo para agotar la vía judicial previa.

Tal y como explica el Constitucional en una nota de prensa, «el formulario no sustituye a la demanda. Tiene dos fines: facilitar que los recurrentes no incurran en defectos a la hora de redactar la demanda y ayudar al Tribunal a identificar los aspectos esenciales del recurso«.

En cuanto a los cambios introducidos en la demanda que acompaña al formulario, según avanza el medio Confilegal, «los recursos de amparo tienen que tener un máximo de 25 folios o 50.000 caracteres, como viene haciendo desde 2016 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y desde 2017, la Sala de lo Civil de ese órgano judicial«.

No se trata del único órgano que prevé la utilización de un formulario. El Constitucional explica en la nota de prensa mencionada que aplican «esta fórmula el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y su primera instancia, el Tribunal General (TGUE) y la Corte Suprema de los Estados Unidos«.

La razón detrás de este plan choque se debe a que el tribunal viene observando que la exigencia legal de que los demandantes de amparo justifiquen la especial trascendencia constitucional de su recurso «se ha revelado como un obstáculo para la admisión de un elevado porcentaje de demandas«. En este sentido, recuerda que la Memoria del Tribunal Constitucional del año pasado puso de manifiesto que «el 53% de los escritos de demanda adolece de una absoluta falta o de una insuficiente justificación de esa especial trascendencia constitucional y que, en su conjunto, fueron inadmitidos por defectos de procedibilidad el 76% de los recursos de amparo presentados«.

El Acuerdo de 15 marzo introduce las siguientes reglas para la presentación de los recursos de amparo:

Primera.

Los recursos de amparo se presentarán a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional, de conformidad con el acuerdo del Pleno de 15 de septiembre de 2016 (BOE de 24 de noviembre de 2016), por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal Constitucional.

Segunda.

La presentación exigirá la cumplimentación de un formulario, al que se accederá desde la sede electrónica del Tribunal, que, además de la identificación de los recurrentes y de los profesionales que les representen y asistan, contenga:

a) Una exposición concisa de las vulneraciones constitucionales denunciadas.

b) Una breve justificación de la especial trascendencia constitucional del recurso.

c) La indicación del modo en que se ha producido el agotamiento de la vía judicial previa.

El contenido de lo expuesto permitirá al Tribunal, en su caso, descartar la concurrencia de la lesión constitucional, de la especial trascendencia del recurso o del debido agotamiento de la vía judicial previa.

Tercera.

Al formulario se adjuntará el escrito de demanda y, en su caso:

a) El apoderamiento al procurador.

b) Las resoluciones impugnadas.

c) La acreditación de que la vulneración se denunció en el proceso tan pronto como hubo oportunidad.

d) La acreditación de que se ha agotado la vía judicial previa.

e) La acreditación de que se ha respetado el plazo de interposición del recurso.

f) Otros documentos que el solicitante estime convenientes.

Cuarta.

Reglas de redacción de la demanda de amparo.

1. El escrito de demanda tendrá una extensión máxima de 50.000 caracteres.

2. Se utilizará la fuente «Times New Román», en tamaño de 12 puntos, y el interlineado en el texto será de 1,5.

3. Cada archivo PDF que acompañe a la demanda contendrá un solo documento, en formato editable y cuya denominación permita identificar su contenido.

Este Acuerdo se publicó en el BOE en el día de hoy (23 de marzo) y entrará en vigor dentro de 20 días naturales.

Red Jurídica es una cooperativa de abogados y abogadas que ejerce el Derecho desde una perspectiva crítica. Ofrecemos servicios en Derecho Penal, Civil, Familia, Laboral, etc

Related Posts

Leave a Reply

Categorías