Presentación del Informe del Tribunal Permanente de los Pueblos sobre la vulneración de derechos de personas migrantes y refugiadas

El pasado martes, 9 de abril, se presentó en el Parlamento Europeo el Informe del Tribunal Permanente de los Pueblos sobre la vulneración de derechos de personas migrantes y refugiadas.

Entre las asistentes se encontraba nuestra compañera Patricia Orejudo, así como el resto de jueces: Bridget Anderson, Perfecto Andrés Ibáñez, Luciana Castellina, Mireille Fanon Mendes France, Franco Ippolito, Claire-Marie Lievens, Luis Moita y Philippe Texier.

El vídeo del acto se puede ver pinchando aquí

INFORME PARA EL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES Y REFUGIADAS

1. Marco de referencia

El núcleo central del acta de acusación, presentada al Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) por una más extensa red de organizaciones y movimientos activos desde hace tiempo a nivel europeo en los más variados contextos de la migración, con la demanda de poner en marcha un proceso judicial en los términos previstos en los estatutos del propio TPP, podría resumirse en los siguientes términos:

El pueblo de los rifugiados y migrantes es objeto y víctima de violaciones gravísimas y sistemáticas de sus derechos fundamentales (a la vida, a la dignidad, al trabajo, a la salud, a la búsqueda de futuro), que ven como protagonistas a la Unión Europea y los Estados miembros, en un contexto de total impunidad de los responsables, marcado por políticas de represión de los actores sociales que se expresan, individual y colectivamente, en prácticas de solidaridad;

El derecho a la migración, reconocido desde siempre como constituyente de la historia de los pueblos, es negado y se convierte en la expresión trágica de una política neocolonial, que niega la existencia misma y la identidad de un pueblo de migrantes, transversal por origen y causas, efecto de una globalización que tiene fundación en un modelo de desarrollo basado en estrategias económicas y ambientales, de seguridad y de guerras, que convierten la migración en un fenómeno de larga duración y no reconducible a actuaciones de devolución o coerción.

El TPP  – que lleva más de 40 años trabajando, teniendo como fundamento el Derecho internacional vigente y la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos – ha reconocido que en los escenarios dramáticos que afectaban refugiados y migrantes en las fronteras y en los países europeos, se reproduce una situación que ya había sido objeto de estudio y juicio en muchas de sus sesiones anteriores, y ha aceptado traducir la demanda en un procedimiento formal de investigación y determinación de responsabilidades y propuestas de actuación. 

Coherentemente con su mandato, que no es principalmente penal, sino de promoción de categorías y prácticas innovadoras del Derecho, el camino elegido ha sido el de proceder a través de sesiones destinadas a poner de manifiesto los distintos componentes de una realidad muy compleja y diversificada en sus expresiones, pero trágicamente analoga y coherente en lo sustancial. Los lugares y temas de las sesiones (Barcelona, julio de 2017; Palermo, diciembre de 2017; París, enero de 2018; Barcelona, julio de 2018 y Londres, noviembre de 2018) nos proporcionan un mapa orientativo del enfoque adoptado, la extensión y especificidad de las investigaciones y la complementariedad de los resultados, tanto en lo que se refiere a la documentación de los hechos y testimonios como a la cualificación de los delitos y responsabilidades.

Al final de cada una de dichas sesiones, los jurados del TPP, de composicion diferente por procedencia, profesionalismo y cultura, dictaron una decisiones pormenorizadas, tanto en lo referente a aspectos factuales como en lo referente a las motivaciones y conclusiones de las cualificaciones jurídicas1.

Los elementos esenciales de este itinerario están tomados, de forma extensa y representativa de la lógica y de las prácticas radicadas en las diversas realidades sometidas a la atención del TPP, en los documentos preparatorios de este evento conclusivo debidos a los movimientos que han promovido y acompañado el trabajo del TPP; con particular atención, actualizada a los últimos meses, a los procesos de criminalización de la sociedad civil y a los espacios de ausencia de derecho en los que se ejerce la violencia de género y contra los menores.

2. Comprobaciones realizadas y decisiones adoptadas en las diferentes sesiones

2.1. Durante las diversas sesiones del Tribunal sobre las violaciones de los derechos de los refugiados y migrantes, surgieron numerosas similitudes en el trato a los migrantes, pese a las situaciones específicas de cada país. En particular, se observó que lo que a menudo se ha dado en llamar crisis de los migrantes es, en realidad, una profunda crisis de la Unión Europea, que se ha manifestado en todos los países de la Unión en diversas formas.

Desde la sesión de Palermo se puso de manifiesto la contradicción de la Unión Europea y sus Estados miembros, que por un lado proclaman la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos fundamentales y, por otro, adoptan unas políticas que ignoran o violan estos derechos para los migrantes. El derecho a migrar, ius migrandi, utilizado para justificar la conquista de América, se les niega ahora a los migrantes que se dirigen al norte procedentes del sur. El derecho a ir y venir, proclamado por el artículo 12.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el derecho al trabajo, contemplado en el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en realidad se niegan mediante el cierre de las fronteras europeas.

Migrar es un acto existencial y político. El ius migrandi debería ir acompañado de un deber de acogida, pero este último se enfrenta a la soberanía de los Estados, que se ejerce sobre su dominio territorial. Para afirmar su soberanía, el Estado encierra a los migrantes en la frontera, dispuesto a violar así los derechos humanos. El único propósito de la política europea consiste en frenar la inmigración. Esta política de cierre de las fronteras de Europa, cuya opulencia se construyó sobre un sistema económico depredador de los recursos del sur, no puede considerarse legítima ni éticamente justificable mientras la Unión Europea no se comprometa a adoptar otro modelo económico mundial que permita el desarrollo de los países de los que huyen los migrantes por necesidad, aceptando conscientemente el riesgo de morir ahogados en el Mediterráneo, frente a la certeza de morir de hambre en su propia tierra.

En este contexto, la hospitalidad se desvirtúa y se convierte en hostilidad. La prueba de que el único objetivo de la política europea consiste en frenar la inmigración es la ausencia de la previsión y disposición de vías de entrada legales y seguras, pese a que es evidente que ya se sabe que las migraciones constituyen un fenómeno estructural que no puede gestionarse a base de muros físicos o jurídicos.

Las políticas de la Unión Europea sobre inmigración y asilo, empezando por los acuerdos adoptados por los Estados de la UE y Países terceros, suponen una negación de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos migrantes, que afectan a su dignidad al definirles como clandestinos e ilegales y al considerar ilegales las actividades de socorro y salvamento marítimo.

La decisión de retirar las unidades navales de Frontex y Eunafor Med ha contribuido al aumento de las actuaciones de la Guardia Costera libia en aguas internacionales, bloqueando a los migrantes que se dirigen a Europa, poniendo en peligro sus vidas y su integridad y conduciéndoles a centros libios donde les someten a prácticas de extorsión económica, tortura y tratos inhumanos y degradantes.

Las actividades de las fuerzas policiales y militares en territorio libio y en aguas libias e internacionales, así como las múltiples milicias tribales y las de la denominada « Guardia Costera Libia », siguiendo el memorándum del 2 de febrero de 2017 Italia-Libia, tuvieron como consecuencia la muerte, deportación, desaparición de personas, encarcelamiento arbitrario, tortura, violación, esclavitud y, en general, la persecución de la población migrante, un crimen contra la humanidad.

La conducta de Italia y sus representantes, según las previsiones y la ejecución de dicho memorándum, admite la competencia total de las acciones de las fuerzas libias contra los migrantes, tanto en el mar como en el territorio de Libia.

Tras los acuerdos con la Guardia Costera libia y durante la actividad de coordinación de las acciones, los episodios denunciados por las ONG que llevan a cabo actividades de búsqueda y rescate en el Mediterráneo también son responsabilidad del gobierno italiano, eventualmente en conexión con las agencias europeas que operan en el mismo contexto.

La expulsión forzada de los barcos de las ONG del Mediterráneo, inducidos también por el « código de conducta » impuesto por el gobierno italiano, ha debilitado considerablemente las acciones de búsqueda y rescate de los migrantes en el mar, y ha contribuido al aumento del número de víctimas.

2.2. La sesión de París demostró que el principio de no devolución, cuyo objetivo consiste en garantizar la protección de quienes huyen de sus países por cualquier motivo, se violaba a menudo en la Francia metropolitana con Mayotte, en Italia con Libia, en España con Ceuta y Melilla, poniendo en tela de juicio la responsabilidad de los Estados. El acuerdo Turquía-UE de marzo de 2016 permitió devolver a Turquía a todos los migrantes « irregulares » que llegaron a las islas griegas, proporcionándole a Turquía 6.000 millones de euros, que sirvieron para aumentar las fuerzas desplegadas (guardacostas, policía de fronteras) y retener así a más de 3 millones de refugiados.

El derecho de asilo se reduce o elude constantemente mediante diversas medidas, como la imposición generalizada de visados, el establecimiento de puntos de acceso en las fronteras europeas (Grecia, Italia), la perpetuación de auténticos centros de cribado de seres humanos y el restablecimiento de los controles fronterizos con el pretexto de la lucha antiterrorista. La solicitud de asilo se considera casi sistemáticamente como algo dilatorio o engañoso, y relacionada con un procedimiento prioritario y menos protector. La referencia a unas nociones pseudojurídicas como « asilo interno » o « país de primer asilo », « países terceros seguros » o« países de origen seguros » constituyenotros tantos obstáculos para el reconocimiento del estatus.

2.3. A las sesiones de Barcelona y Londres se aportaron documentaciones y pruebas de violaciones de derechos fundamentales en la realidad de los respectivos países. La negación de la libertad de circulación priva a los migrantes de otro derecho: el de no ser detenidos arbitrariamente. Todos los países europeos han adoptado unos textos que permiten privar de la libertad a los extranjeros durante un período que va desde unos pocos días hasta un « período indefinido », que puede ser de varios meses y, a veces, sin una base jurídica. Se ha demostrado la existencia de actos inhumanos – privación de libertad, asesinato, esclavitud, desapariciones forzadas – cometidos en el marco de un ataque generalizado o sistemático, dirigido específica y deliberadamente contra la población civil de migrantes.

Un elemento relevante surgido en la sesión de Londres fue la comprobación de la deliberada decisión de los responsables del gobierno y de la mayoría, de crear en el Reino Unido un “ambiente hostil” hacia los emigrantes. Tal situación se corresponde con la realidad de las políticas y de las prácticas comunes a todos los países europeos, donde se está haciendo frecuentes las manifestaciones de xenofobia, racismo e inhumanidad.

Los dirigentes de la UE y de los Estados contribuyen a que se cometan estos crímenes contra la humanidad, facilitándoles con conocimiento de causa una ayuda sustancial a los autores de dichos actos, ya sean o no estatales. Por lo tanto, incurren en responsabilidades penales al amparo de lo dispuesto en el artículo 25 c del Estatuto de Roma.

Los procesos incoados contra las personas que expresan su solidaridad para con los migrantes o refugiados violan los derechos de los defensores de los derechos proclamados por las Naciones Unidas.

Las luchas de los migrantes deben integrarse con las luchas de los ciudadanos marginados, y las mujeres tienen un papel importante que desempeñar en ellas. Lo que es malo para ti es malo para mí. El racismo contra los migrantes se traduce en racismo contra los ciudadanos, y en misoginia contra los ciudadanos y los migrantes. Más que instrumentos jurídicos, lo que necesitamos ahora es unidad, igualdad, solidaridad y derechos para los trabajadores.

3. Europa y el pueblo de los refugiados y de los migrantes

3.1. Las complejas motivaciones de las sentencias dictadas por el TPP implican dos consideraciones de fondo que, aunque aparentemente cuentan con un amplio apoyo, no parece que se tengan en cuenta a la hora de adoptar políticas y prácticas destinadas a las personas que llegan a Europa: a) la historia de la humanidad, para bien o para mal, siempre ha estado marcada por las migraciones, que antaño eran ocasiones y causa de guerras y conflictos atroces; b) la Unión Europea fue fundada para contrarrestar y superar las causas y factores de las numerosas guerras que ensangrentaron el continente, para combatir los nacionalismos y racismos, para afirmar solemnemente el “nunca más” al genocidio, los campos de concentración, la opresión y la discriminación racial.

Por tanto, la Europa de las Constituciones y de las Cartas, la Europa de la civilización, de la igual dignidad para todas las personas y de los derechos humanos, la Europa de la hospitalidad y de la protección, no puede encerrarse en una fortaleza, levantando muros materiales o jurídicos, sin traicionarse a sí misma y perder su identidad y su propia «alma»; sobre todo porque, como recientemente documentó el organismo competente de las Naciones Unidas – ante unos desplazamientos mundiales de población que actualmente afectan a más de 70 millones de personas, de los cuales 25 millones son refugiados, que son acogidas incluso por países pequeños y pobres –, solo una mínima parte se dirige a Europa, que representa el continente más rico y estructurado del planeta.

Ningún país, a parte de los Estados Unidos de la administración Trump, está adoptando una política de lucha contra la inmigración tan rígida como los países de la UE, que llegan incluso a negar el derecho de asilo, lo que hace que resulte difícil, y en ocasiones imposible, presentar la solicitud de asilo, y en cualquier caso obstaculizan el control de jurisdicción sobre las disposiciones negativas de las autoridades administrativas.

La ausencia de predisposición de canales de entrada legales y seguros para llegar al territorio europeo induce a los refugiados y migrantes a utilizar embarcaciones de traficantes vinculados a las milicias libias, que explotan a las personas necesitadas con fines de lucro. De esta forma, el mar Mediterráneo ha dejado de ser una encrucijada de civilizaciones para convertirse en un inmenso cementerio, en el que han muerto o desaparecido decenas de miles de personas que esperaban llegar a un lugar que imaginaban acogedor y solidario.

Se trata de los efectos provocados por un conjunto de causas, entre las que se cuentan las políticas de «externalización» de las fronteras meridionales de Europa, decisivas, acompañadas de las financiaciones multimillonarias al régimen dictatorial turco para cerrar la ruta de los Balcanes, y a las milicias libias para bloquear a los migrantes, cosa que hicieron con una violencia inaudita y sin control alguno, tal y como se desprende de las continuas alarmas lanzadas por la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados, que no se cansa de denunciar ante el mundo las atrocidades de todo tipo a que son sometidos en los campos de detención los migrantes y solicitantes de asilo, entre los que se cuentan muchísimos niños y mujeres.

Las decenas de miles de muertos y víctimas, aun cuando no puedan imputarse personalmente a autores específicos con arreglo a las necesarias categorías garantistas del Derecho Penal, son el resultado predecibley previsto de los «delitos de sistema», según la definición adoptada por el TPP para calificar los efectos trágicos de las políticas y decisiones económicas que sacrifican los derechos fundamentales. Tragedias que – según las valoraciones efectuadas por el Alto Comisionado del ACNUR el pasado día 22 de marzo – constituyen una “vergüenza inaceptable para nuestro continente”, recordando que“en 2018 murieron en el Mediterráneo seis personas al día”, con una tasa porcentual que iba aumentando paralelamente a las restricciones adoptadas para las operaciones de salvamento aplicadas con la criminalización de las actividades de las ONG, principalmente por parte del gobierno italiano, que se empeña en considerar fiables a las autoridades libias que, según recientes declaraciones del Ministerio del Interior, “gracias a la presencia de la OIM, garantizan el respeto de los derechos humanos de los inmigrados». Declaraciones graves e inaceptables, que falsean la realidad, bien conocida por las autoridades europeas responsables y por la propia OIM, y que ignoran deliberadamente las alarmantes recientes afirmaciones del Alto Comisionado del ACNUR, según las cuales en Libia “una población de refugiados y migrantes viven en condiciones terribles, muchos de ellos en centros de detención que son algunos de los lugares más espantosos” que ha visitado en su larga experiencia humanitaria.

3.2. Según las valoraciones del TPP, transformar Europa en una fortaleza, cerrando puertos y fronteras y negando el auxilio y la ayuda a quienes lo necesitan, es ilícito porque es contrario a las normas internacionales vinculantes, e ilegítimo porque es una decisión adoptada con disposiciones que no se han discutido y aprobado en el Parlamento Europeo ni en los Parlamentos nacionales.

Es una decisión desleal e injusta, ante todo para con los derechos y necesidades de las personas que emprenden un doloroso viaje no por capricho ni por diversión, sino por necesidad, para huir de la guerra, la devastación, el hambre, los desastres ambientales, a menudo causados o agravados incluso por las políticas o decisiones económicas del sistema económico y modelo de vida occidental y europeo.

Es una decisión que provoca dolores terribles, pero también inútiles, como nos enseñan la historia y la demografía, ya que nunca, a lo largo de los milenios, las migraciones estructurales de los pueblos se han visto impedidas por obstáculos materiales o jurídicos. Las políticas de cierre, además de provocar muertes y sufrimientos a los refugiados y los migrantes, alimentan en la población europea el endurecimiento de la identidad, tendencias xenófobas y pulsiones racistas, que a corto plazo pueden parecer contar con el apoyo de la opinión pública, pero se trata de ilusiones destinadas a ser arrolladas, porque esas políticas no son adecuadas para afrontar fenómenos estructurales, es más, resultan contraproducentes, ya que obstaculizan y alejan cualquier posible solución razonable de los problemas que el encuentro entre diversos hace surgir.

Es una decisión incivilizada y también contraria a los intereses de Europa, por motivos económicos y demográficos. El gobierno de los flujos migratorios, que de manera realista es el máximo objetivo posible, no puede lograrse con métodos violentos y represivos, que si se siguen aplicando de forma insensata solo pueden degenerar y conducir a nuevos conflictos, aún más difíciles de gobernar.

3.3. El TPP ha evidenciado la ilegitimidad de la práctica de estipular acuerdos internacionales de forma simplificada entre los Estados miembros de la Unión y países terceros (Turquía, Libia, Sudán, Níger), ya que de esta forma se sustraen decisiones importantes a la discusión pública, a la competencia del Parlamento Europeo y de los Parlamentos nacionales, así como al control de los jueces, por lo que debe considerarse radicalmente contraria al Derecho de la Unión, sobre todo porque a menudo dichos acuerdos, bajo la denominación de «acuerdos de cooperación para el desarrollo», esconden su verdadero contenido jurídico, es decir, el inaceptable intercambio de dinero y personas, realizado con el bloqueo de las fronteras exteriores de la Unión, encomendado a países terceros que, como la experiencia diaria lo demuestra, no ofrecen garantía alguna de respeto de los derechos humanos más elementales.

Dichas prácticas dan lugar a una distorsión encubierta del estado constitucional de derecho que siempre es peligrosa, pero aún más si se aplica a las migraciones, un fenómeno irreversible en un mundo en que capitales, bienes e información circulan cada vez más rápidamente, y es impensable que solo los seres humanos no puedan hacerlo. Se trata de un proceso destinado a cambiar profundamente nuestras sociedades, cada vez más multiétnicas, que se ven obligadas por los procesos históricos en curso a revisar el concepto mismo de ciudadanía, nacido en Europa como institución que incluye derechos y libertades, y que hoy en día se utiliza como institución de demarcación para negar no solo los derechos «de los ciudadanos», sino también los derechos humanos que le corresponden a toda persona, independientemente de su situación jurídica.

De toda la mejor cultura jurídica, sociológica y política que han analizado los diferentes colegios del TPP, se ha puesto de manifiesto con evidencia la necesidad de políticas y actuaciones estructurales adecuadas para prevenir los motivos de las migraciones, con el fin de evitar que las personas se vean obligadas a huir de sus países a causa de las persecuciones, la guerra, la pobreza y los efectos del cambio climático. Solo las medidas de este tipo, junto con las políticas de acogida e integración, parecen ser realmente coherentes con las intenciones y objetivos escritos en las Cartas de derechos fundamentales adoptadas en Europa.

La naturaleza estructural de las migraciones y los inauditos sufrimientos que se le infligen ahora a la población migrante constituyen indicadores específicos, concretos y simbólicos de cuán urgente es, en un mundo global y estatal, devolverles – fuera de toda lógica y perspectiva populista – una prioridad subjetiva a los pueblos y las personas, asumiendo por entero la dimensión de los valores e indicaciones contenidos en la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos (Carta de Argel, 4 de julio de 1976).

Los derechos a la vida, a la dignidad personal y colectiva, a la libertad de la persona y a la salud no pueden sacrificarse en ningún caso en nombre de una pretendida seguridad, a menudo instrumentalizada a efectos de obtener consenso electoral.

El TPP es plenamente consciente de que para gobernar fenómenos complejos no basta con invocar el Derecho, sino que se necesita la política, de la que dependen el cuidado y la responsabilidad de los intereses de los pueblos. Quien tenga el cometido de tomar decisiones políticas, indudablemente deberá tener en cuenta las dimensiones de los movimientos migratorios y no podrá ignorar los difusos temores que atraviesan las sociedades europeas, ni la complejidad de los procesos de integración de los migrantes y refugiados.

Sin embargo, para estar a la altura de las promesas de paz y respeto de la dignidad de las personas y los pueblos, solemnemente formuladas por el Derecho Internacional (desde el Estatuto de la ONU a la Carta de Derechos Fundamentales de la UE), la política tiene que identificar soluciones que cuenten con una sólida base jurídica, tanto para garantizar los derechos de los refugiados y migrantes como para delinear la sustancia y la imagen de la sociedad democrática europea.

La política debe respetar en todo caso los derechos fundamentales de las personas y los pueblos, ya que la tutela de los derechos fundamentales constituye un límite insuperable para todos, incluso para los legisladores y los gobiernos, que deben hacerse cargo de las necesidades, indicar perspectivas y facilitar soluciones que, respetando la dignidad e igualdad de las personas, hagan efectivos los derechos humanos y la aspiración a una convivencia pacífica entre diversos.

4. Conclusiones y recomendaciones

Como conclusión de sus investigaciones y valoraciones, el TPP considera que las políticas y prácticas de la UE y sus Estados miembros en cuanto a asilo e inmigración constituyen en conjunto una completa negación de los derechos fundamentales de las personas y los migrantes y que suponen auténticos crímenes de lesa humanidad, que – aun cuando no pueden imputárseles personalmente a autores específicos de acuerdo con las normas de garantía penal compartidas, deben cualificarse como «crímenes de sistema».

Dicha cualificación – que implica la necesidad de que la Unión Europea asuma la responsabilidad de cambiar, de manera contextual y en estrecha interacción, las políticas económicas y la normativa en materia de asilo y migración, adoptando procedimientos públicos y transparentes para estipular tratados y convenios, con la plena participación del Parlamento Europeo – no exime de que se identifiquen responsabilidades específicas de la UE y de cada uno de los Estados europeos por no haber cumplido con las obligaciones de rescate, por haber sido cómplices de homicidios, torturas y tratos inhumanos y degradantes y por graves violaciones de los derechos humanos debido a las devoluciones de los migrantes.

El TPP destaca que, para que sea eficaz, toda actuación necesaria y racional para regular el fenómeno migratorio y de distribución de los migrantes debe ser asumida por la Unión Europea como tal, ya que los Países miembros tienden a secundar tendencias soberanistas y a alimentar temores y humores inducidos o agravados por la falta de políticas de acogida eficaces, mientras que solamente la Unión puede adoptar y sostener un conjunto de políticas que se haga cargo de las causas que originan las migraciones, y que sea capace de hacer que los derechos de quienes ya viven en los países europeos sean compatibles con los de los migrantes, con especial referencia al derecho de asilo, la apertura de las comunidades a los extranjeros residentes, la valorización de la diversidad cultural, la atención a las personas vulnerables y la humanización de las relaciones sociales.

Entretanto resulta imprescindible y urgente la moratoria de todos aquellos acuerdos que, como los de UE – Turquía y de Italia – Libia, se caracterizaron por la ausencia de control público y la corresponsabilidad en las violaciones de los derechos humanos fundamentales de los migrantes. Dichos acuerdos deben volver a discutirse y modificarse en profundidad. 

En armonía con las posturas de las agencias competentes de las Naciones Unidas, el TPP considera esencial que se ponga fin cese a cada acción de hostalidad y criminalización en contra de las ONG que actúan en auxilio de los náufragos y migrantes en dificultades. En cumplimiento del deber de obediencia a los derechos humanos prioritarios, deben suspenderse asimismo las disposiciones que, en cualquier forma, tienen como objetivo hacer que las actividades individuales y colectivas de solidaridad de la sociedad civil resulten impracticables. Al mismo tiempo, deben contrarrestarse con firmeza todas las prácticas que alimenten la xenofobia y el odio y den lugar a una situación de entorno hostil.

***

Las sesiones del TPP han representado un espacio de escucha de la población migrante y refugiada y el TPP se hizo cargo incluso de las heridas abiertas de las familias de los innumerables muertos y desaparecidos sin identidad. La institución y la organización de un organismo intenacional, independiente y abierto a la más amplia participación con los familiares, con el fin de ocuparse de la búsqueda de los cuerpos de las victimas y de la reconstrución de la identitad de los desaparecisos, es una respuesta mínima al derecho a la memoria, a la verdad, al luto, que es un componente esencial de una civilización humana.

Este documento, como es tradición del TPP, ha querido, sobre todo, dar voz a las víctimas y a sus familiares, pero habla también en nombre de los centenares de organizaciones que, junto a tantos testigos escuchados, han sido los verdaderos protagonistas del camino iniciado en Barcelona en julio de 2017. Unas y otros, no solo se han hecho partícipes de los sufrimientos padecidos por tantas decenas de millares de personas, sino que han evidenciado su compromiso de permanecer en la acción de solidaridad con quien elige Europa como lugar de realización de su propio legítimo proyecto de vida.

Darle identidad y visibilidad a la población migrante se ha vuelto dramáticamente urgente, incluso con el fin de hacer que nazca en la conciencia colectiva la estrecha conexión entre los derechos fundamentales de los migrantes y refugiados y el futuro de nuestra democracia.

Bridget Anderson (Inglaterra)

Perfecto Andrés Ibáñez (España)

Luciana Castellina (Italia)

Mireille Fanon Mendes France (Francia)

Franco Ippolito (Italia)

Claire-Marie Lievens (Bélgica)

Luis Moita (Portugal)

Patricia Orejudo (España)

Philippe Texier (Francia)

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http://permanentpeoplestribunal.org/45-session-on-the-violation-of-human-rights-of-migrants-and-refugee-people-2017-2018/?lang=en

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