Un IPC disparado se ceba con los inquilinos: «Mi casero me ha subido el alquiler casi 70 euros al mes»

Silvia Beltrán Granell

El periodista Jairo Vargas ha publicado un artículo en el periódico Público sobre la subida de los precios del alquiler. En él recoge, entre otras, la opinión de nuestra compañera Silvia Beltrán, que explica que si no hay referencia explícita a una revisión anual, el precio no puede subirse. En caso de que sí se mencione, tiene que especificar que es el IPC el indicador de referencia. «Y, sobre todo, tienen que notificarlo por escrito en tiempo y forma. No pueden subir el precio sin comunicarlo previamente y no vale con un aviso oral», añade. «Si el contrato se firmó en mayo, la subida tiene que notificarse ese mismo mes. Si se pasa el plazo, el casero ya no puede revisar el precio hasta el próximo año».

Apunta que el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es el que establece estas posibles subidas. Sin embargo, según Beltrán, nunca habla de bajadas. Eso significa que, si el año que viene baja el IPC, depende de la buena voluntad del casero revisar el precio a la baja. «Nunca suele ser así. El inquilino puede solicitarlo, pero si el casero se niega, no hay ningún resquicio legal por el que intentar que baje el precio«, resume la abogada.

El artículo se puede leer haciendo click aquí

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