DUDAS CORONAVIRUS – ¿Debo llevar encima un certificado de mi empresa para demostrar que voy a trabajar?

DUDAS CORONAVIRUS

(ACTUALIZACIÓN 31/03/20) Como consecuencia del RD 10/2020 de 29 de marzo que aprobó que se ampliaba el confinamiento para intentar lograr una movilidad reducida desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril, salvo los sectores estratégicos que deberán seguir trabajando con normalidad, el Ministerio de Sanidad ha publicado un modelo de certificado para aquellas personas que deban acudir a su puesto de trabajo estos días. Dicho certificado esta regulado como un derecho del trabajador a solicitárselo a su Empresa, no como una obligación. Lo explicamos AQUI).

El pasado 14 de marzo se publicó el Real Decreto por el cual se declaró el estado de alarma. En él, se estableció una prohibición generalizada de salir a la calle, salvo que fuera para realizar alguna de las siguientes actividades: 

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

En el mismo RD también se establece que “en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias”. Esto, por desgracia, deja lugar a muchas incertidumbres, porque cuáles son las recomendaciones dictadas por las autoridades sanitarias no es algo que todas tengamos muy claro. Y esta indeterminación está creando mucha inseguridad jurídica en los ciudadanos que no sabemos cómo debemos realizar las conductas que en principio están permitidas. 

Por ejemplo, en redes sociales circula la información de que es obligatorio llevar un certificado del administrador de la empresa que exprese que debes ir a trabajar, o cuáles son las distancias concretas de las que te puedes alejar de tu domicilio para pasear al perro; decisiones éstas sin amparo legal.

Sin duda, puede ser útil llevar encima un certificado de tu jefe, que diga que trabajas en X sitio y cuál es tu horario de trabajo, por si te para la policía, pero en ningún caso esta sugerencia se ha convertido en una exigencia. 

Adjuntamos, a continuación, un modelo de certificado de empresa, elaborado por la compañera Concepción Núñez Ramírez a petición de la cooperativa Sumando, para acreditar el lugar y horario de trabajo de un trabajador de la empresa: CERTIFICADO DESPLAZAMIENTO TRABAJO

Es decir, la conducta sancionable puede ser la de bajar a la calle sin un propósito concreto, pero no el no portar un certificado emitido por tu empresa. Llevarlo es útil y te puede facilitar la vida, pero es importante que no perdamos la perspectiva sobre lo que nos es legalmente exigible. Y debemos recordar que las actuaciones policiales en estos momentos tan excepcionales deben ser mínimas, proporcionadas y ajustadas a los estándares legales.

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